Como consecuencia de una reciente sentencia del Tribunal Supremo, las entidades bancarias pueden verse obligadas a devolver a sus clientes los gastos de formalización de los préstamos bancarios que hubieran concedido (registro, notaría, tasación, etc.). Si usted tiene una hipoteca tenga en cuenta que puede reclamar la devolución de los gastos de su hipoteca.
Precedentes, sentencia del Tribuna Supremo
Gracias a la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el pasado día 23 de Diciembre de 2015 se han declarado abusivas, y por tanto nulas, las cláusulas de los préstamos hipotecarios que imponen al consumidor el pago de gastos que correspondan al banco en compraventas y la de gastos y servicios complementarios. La consecuencia de la declaración de nulidad es que dicho clausurado se tendrá por no puesto.
En definitiva, esta sentencia es un importante precedente a tener en cuenta por los usuarios de préstamos hipotecarios, ya que considera que los gastos de formalización de los prestamos deberían ser asumidos por las entidades bancarias y no por el titular de la hipoteca. De este modo el consumidor podría reclamar la devolución de estos gastos más sus intereses y las costas del posible procedimiento judicial llevado a cabo contra las entidades bancarias.
¿A qué tipo de hipotecas puede afectar esta sentencia?
En principio esta medida puede afectar a cualquier cliente particular de una hipoteca, incluidos aquellos que ya hayan terminado de pagar las cuotas de la misma. Estimamos que más de 5 millones de familias pueden tener derecho a la devolución de los gastos de su hipoteca.
La cuestión fundamental es que ud. tenga la condición de usuario, es decir, que la hipoteca no haya sido solicitada para sufragar unos gastos que tengan relación con un negocio.
¿Qué tipo de gastos puedo reclamar?
Se pueden reclamar los gastos de formalización del préstamo hipotecario que debían ser asumidos por la entidad bancaria y sin embargo, los pagó ud. En concreto son los gastos de Notaría, Registro de la Propiedad e impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Debe tener cuidado dado que sólo deberán incluirse los gastos referentes a la constitución del préstamo hipotecario pero no los derivados de la operación de compraventa, a pesar de que ambas Escrituras y sus gastos se hayan gestionado y pagado al mismo tiempo.
También podrá reclamar los costes de la tasación del inmuebles y de los servicios de Gestoría, por ser servicios complementarios a los anteriores, siempre y cuando la entidad bancaria le hubiera obligado a que dicho servicio se realizara con las entidades de su elección y por tanto ud. no haya tenido la libertad de escoger entidad tasadora o Gestor.
De forma orientativa, para una hipoteca de 150000 euros los gastos de formalización que se pueden reclamar pueden rondar los 3000 euros. La OCU nos ofrece una calculadora para saber que cantidad aproximada podemos reclamar: OCU, calculadora devolución gastos hipoteca.
¿Qué debo hacer para reclamar?
Lo primero será recopilar la información. Para ello será necesario tener la factura de la notaría, del Registro de la Propiedad, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y las facturas de la tasación del inmueble y de los servicios de tramitación documental o gestoría.
Una vez obtenida la acreditación de los gastos asumidos por el cliente realizaremos reclamación ante el servicio de Atención al cliente o oficina de nuestra sucursal mediante el correspondiente escrito de reclamación.
Si la entidad bancaria no nos devolviera los importes reclamados el siguiente paso sería interponer la correspondiente demanda judicial, para lo que necesitará los servicios de abogado y procurador, que también podrá reclamar al banco.
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