¿Por qué necesito un Contrato de Alquiler para alquilar una vivienda?
Los contratos son válidos y obligan a las partes con independencia de su forma; por tanto, un contrato verbal podría tener igual de validez que un contrato por escrito. El problema vendrá a la hora de hacer cumplir lo pactado en un acuerdo verbal ya que tendríamos que probar la realidad de lo pactado lo cual no es necesario en un contrato por escrito. Por esa razón, es muy recomendable plasmar por escrito en un contrato de alquiler las condiciones para el arrendamiento de una vivienda.
¿Que formalidades ha de tener un Contrato de Arrendamiento?
Un contrato de alquiler de vivienda puede ser tan simple o tan complejo como las partes decidan. Lo habitual es que se formalice mediante un documento privado que redacte un abogado o gestor pero es igual de válido un documento elaborado y firmado por las partes. No es necesario trámites adicionales y este documento es suficiente para cualquier tipo de reclamación, incluso por vía judicial.
En otras ocaciones, poco habituales, alguna de las partes puede requerir que el contrato de alquiler se inscriba en el Registro de la Propiedad como carga del inmueble. En ese caso, será necesario formalizarlo en Escritura Pública para lo cual tendremos que acudir a un Notario.
¿Cuál es el contenido mínimo de un Contrato de Alquiler de Vivienda?
El contrato puede tener tantas cláusulas como las partes estipulen pero su contenido mínimo debe contener los datos personales, domicilio y DNI de arrendador y arrendatario, datos de la finca, objeto del arrendamiento, renta y duración del contrato.
Modelo Contrato de Alquiler
CONTRATO DE ALQUILER DE VIVIENDA
Contrato de Arrendamiento de USO DE VIVIENDA del inmueble sito en calle _____________________________, _____ de ____________, con fecha ____________________
Sujeto al texto de la ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 de Noviembre, publicado en el B.O.E. del 25/11/1994, adaptado a la ley 4/2013 de Junio de 2013, de medidas de flexibilidad y fomento del mercado del alquiler de vivienda, y a las cláusulas expresadas en este documento y acordadas entre las partes comparecientes.
Con el nº de Catastro: _____________________
Cédula de Habitabilidad: CHB____________ Válido hasta _______
Certificado energético: ____________________ Válido hasta _______
REUNIDOS
De una parte, Don ______________________, provisto de D.N.I. /N.I.E. número _______________ y Doña ______________________, provista de D.N.I. /N.I.E. número ____________________, ambos mayores de edad, vecinos de _____________________, calle __________________________________. En adelante El arrendador.
Y de otra, Don ______________________, provisto de D.N.I. /N.I.E. número _______________________, y Doña __________________________, provista de D.N.I. /N.I.E. número ________________________, ambos mayores de edad, con domicilio a partir de la fecha indicada en la cláusula 2; en _________________, calle _______________________. En Adelante El Arrendatario.
MANIFIESTAN
1. Don ______________________, provisto de D.N.I. /N.I.E. número _______________ y Doña ______________________, provista de D.N.I. /N.I.E. número ____________________ son ARRENDADORES del siguiente inmueble, sito en __________________, calle _______________________________, reconociéndose la capacidad legal suficiente para la eficacia de este otorgamiento, de plena y libre voluntad, tal y como respectivamente actúa.
2. Que interesando a Don ______________________, provisto de D.N.I. /N.I.E. número _______________________, y Doña __________________________, provista de D.N.I. /N.I.E. número ________________________, en lo sucesivo El arrendatario, el alquiler de dicho inmueble, llevan a cabo el presente CONTRATO DE ALQUILER DE VIVIENDA, en base a las siguientes:
CLÁUSULAS
1ª.- El presente contrato se otorga conforme a lo establecido en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, adaptado a la ley 4/2013 de Junio de 2013, de medidas de flexibilidad y fomento del mercado del alquiler de vivienda y se regirá por lo libremente pactado en el presente contrato, y en todo lo no recogido en el mismo, por lo determinado en el Título III de la citada Ley, y supletoriamente por lo dispuesto en el Código Civil.
2ª.-El plazo de duración del contrato es de 3 AÑOS y comenzará a regir en fecha __ DE ___________________ DEL 2016, (la entrega de llaves se realizara el __ de __________ de 2016).
Una vez finalizado el plazo de 3 años, se prorrogara según lo establecido en la ley de Arrendamientos Urbanos, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con 30 días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovar.
El arrendatario no podrá desistir anticipadamente del contrato durante un plazo mínimo de 6 meses, transcurrido el cual podrá desistir voluntariamente siempre que preavise al arrendador con una antelación mínima de un mes. Coincidirá la renuncia y entrega de llaves con el último día del mes posterior a la notificación.
3ª.- La renta fijada es de _____.-€ anuales, a pagar en plazos mensuales de ____.- €, por adelantado en los cinco primeros días de cada mes. El pago se hará de la siguiente forma a solicitud de los arrendatarios y a tenor de la Ley 16/09, de 13 de noviembre, los recibos de alquiler se DEBITARÁ de la cuenta Nº ES__-____-____-____-____-____. No obstante, en caso de producirse la devolución de cualquier recibo de alquiler, se pacta que el interés por devolución será del 5% anual sin necesidad de requerimiento extrajudicial o judicial, sin perjuicio de las acciones legales que podrá tomar el administrador para dejar sin efecto la presente orden de domiciliación, en cuyo caso se considerará el domicilio de pago el del administrador. Dentro de este importe se incluyen los gastos generales, tributos actuales (excepto posteriores aumentos), servicios y suministros del inmueble, a excepción de los consumos que tengan contador individual, que serán satisfechos por el arrendatario. Las partes contratantes convienen que el importe total de la renta que en cada momento satisfaga el arrendatario durante la vigencia del contrato y en sus posibles prórrogas, se acomodará cada año a las variaciones que, en más o menos, sufra el Índice General de Precios al Consumo que fije el Instituto Nacional de Estadística (u organismo que le sustituya en el futuro), aplicando sobre aquella renta el porcentaje que represente la diferencia existente entre los índices que corresponden al período de revisión, teniendo en cuenta que el mes de referencia para la primera actualización será el último índice que esté publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último publicado.
Las revisiones tendrán carácter acumulativo, de forma que la primera revisión se efectuará tomando como base la primera renta inicialmente convenida y, para las sucesivas, la renta revalorizada (renta + incrementos), como consecuencia de actualizaciones precedentes.
La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquél en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado. Ahora bien, en ningún caso, la demora, retraso o tardanza en la aplicación de dicha acomodación implicará la pérdida, renuncia o abdicación del derecho del arrendador a practicar la misma.
Así, las partes convienen que tendrá plena eficacia vinculante la notificación que practique el arrendador o su administrador por nota en el recibo de la mensualidad precedente a aquél en que la revalorización de la renta haya de surtir efecto.
4ª.-El objeto de este contrato se alquila exclusivamente para destinarlo a vivienda permanente de los arrendatarios, no pudiendo instalar en ella comercio, industria, ni siquiera manual, ni oficina, despacho profesional, taller o cualquier otra actividad. El incumplimiento de este pacto será causa para rescindir el contrato.
La vivienda tendrá un máximo de __ Ocupantes, debiendo solicitar una mayor ocupación y siendo necesario el previo consentimiento por parte de la propiedad.
Los ocupantes reales de dicho arrendamiento son:
Don _________________, provisto de D.N.I. /N.I.E. número ____________________
Doña ________________, provista de D.N.I. /N.I.E. número _____________________
5ª.-Es objeto del arrendamiento la superficie situada dentro de las paredes de la vivienda, quedando especialmente excluida la fachada, partes laterales de la entrada, en consecuencia el arrendamiento de este contrato no dará derecho a entrar ni usar la azotea ni el terrado de la finca si es comunitaria.
6ª.-Los arrendatarios declaran conocer y acepta las características y estado de conservación de la vivienda, habiendo realizado la oportuna visita de inspección de la misma previamente a la firma del presente contrato, y se compromete y obliga a conservar y devolverla en perfecto estado.
7ª.-La adquisición, conservación, reparación o sustitución de los contadores de suministros y el importe del consumo, serán de cuenta y cargo exclusivo delos arrendatarios. La vivienda se alquila en el estado actual de las acometidas generales y ramales o líneas existentes correspondientes al mismo, para los suministros de que está dotado el inmueble.
Los arrendatarios podrán concertar con las respectivas compañías suministradoras, alguno o todos los suministros de que está dotado el inmueble, con total indemnidad de la propiedad y del Administrador.
Los arrendatarios se obligan a realizar los cambios de suministros a su nombre y en su número de cuenta bancaria en el plazo máximo de un mes desde la fecha de contrato. En el caso de no realizar estos cambios, autorizan al administrador a realizar dichos cambios y a satisfacer el importe de 50€ por los gastos ocasionados por el trámite.
Queda exenta la propiedad de cualquier responsabilidad por falta de cualquier suministro.
8ª.-Son de cuenta y cargo de los arrendatarios todos los gastos ocasionados por los desperfectos que se produzcan, ya sean cristales, cerraduras y demás útiles y utensilios de las instalaciones y su adecuado entretenimiento, los gastos de conservación y reparación de las instalaciones de agua, gas, electricidad, calefacción, cocina, baño, bidé, grifos, váteres, lavabos, calentador, antena T.V., y en particular todos los desagües, atascos, arreglo de la cocina, fregaderos, lavaderos, aire acondicionado, y sus tuberías, como también la conservación, reparación y sustitución de persianas, en caso de existir tales utensilios e instalaciones.
La parte arrendataria se obliga a notificar en un plazo máximo de 15 días a partir del acceso a la vivienda, a la parte arrendadora o su administrador, de los pequeños arreglos a sufragar en la vivienda.
9ª.-Los arrendatarios se hacen directa y exclusivamente responsable, y exime de toda responsabilidad a la propiedad o al Administrador, por los daños que pueda ocasionarse a personas o cosas y sean derivados de instalaciones para servicios de la vivienda arrendada, por lo que el arrendatario deberá contratar un seguro para la cobertura de dichos riesgos.
10ª.-Los arrendatarios son responsables no sólo de sus propios actos, sino de los cometidos por las personas que se encuentren en la vivienda arrendada, tanto a efectos de resolución contractual, como de una posible indemnización de daños y perjuicios.
11ª.-Los arrendatarios no podrán practicar obras de clase alguna en la vivienda sin previo permiso por escrito de la propiedad o del Administrador, en todo caso, las obras así autorizadas serán de cargo y cuenta exclusiva del arrendatario, y quedarán en beneficio de la finca, sin derecho a indemnización, o reclamación, en momento alguno. El permiso municipal será, también, de cuenta y cargo del arrendatario, así como la dirección técnica o facultativa en su caso.
12ª.-El arrendador se hará cargo de los pagos correspondientes a la comunidad de propietarios e Impuesto de bienes inmuebles y basuras.
13ª.-Si la finca es INHABITABLE:
El arrendatario tendrá la facultad de suspender el contrato temporalmente hasta la finalización de las obras, sin pago de renta, o bien rescindir el mismo sin indemnización alguna, conforme a lo establecido en el art. 26 de la LAU, al que se remite el art. 30.
14ª.-En cuanto a los DERECHOS DE ADQUISICIÓN PREFERENTE, se renuncian desde este momento.
15ª.-En relación a la CESIÓN Y SUBARRIENDO de la vivienda objeto de este contrato:
Se hace expresa renuncia a la cesión y subarriendo sin el consentimiento expreso de la propiedad expresado por escrito tras su comunicación también expresada por escrito y mediante un sistema que pueda acreditar fehacientemente su remisión.
16ª.-En caso de MUERTE DE LOS ARRENDATARIOS:
De conformidad a ley.
17ª.-Los arrendatarios además se obligan a lo siguiente:
a) De pasarse la fecha del cobro del recibo, a abonar el apremio de cobranza correspondiente. Y en caso de efectuarse dicho cobro por domiciliación bancaria, al pago de cualquier gasto o canon que se devengare por tal gestión o en su caso por devolución, que establezca en su caso la Entidad bancaria o Caja de Ahorros.
b) A satisfacer los gastos derivados del presente contrato, tales como timbre, gestión, honorarios por la formalización y tramitación, así como la totalidad de los que por cualquier causa se ocasionaren por razón de sus prórrogas.
c) A poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de llevar a cabo las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad.
d) A no tener o manipular en la vivienda materias explosivas, inflamables, incómodas o insalubres, y observar en todo momento las disposiciones vigentes.
e) A permitir el acceso a la vivienda al propietario, al Administrador y a los operarios o industriales mandados por cualquiera de ambos, para la realización, inspección y comprobación de cualquier clase de obras o reparaciones que afecten al inmueble, siempre con previo aviso a la parte arrendataria.
f) A no tener animal de ningún tipo en la vivienda, sin permiso por escrito del arrendador.
18ª.-Acuerdan las partes que los muebles que existen dentro del piso arrendado quedan a disposición de los arrendatarios, y constará en un anexo firmado por ambas partes que se adjuntará el dicho contrato.
19ª.-A efectos de recibir cualquier notificación entre las partes, se designa como domicilio del arrendador el que consta en el presente contrato y para los arrendatarios, el de la vivienda arrendad.
20ª.-Los arrendatarios entregan en este acto la cantidad de (_____- Euros) de los cuales ___- € corresponden al mes de (______________), el cual queda pagado y los ___________- € restantes se entregan así: ___€ como garantía adicional y ___€ en concepto de fianza, que el Arrendador declara recibir en este mismo acto. La misma será restituida en un máximo de treinta días desde la finalización del presente contrato, una vez comprobado la libre deuda de los servicios individuales.
21ª.- En el caso de que los arrendatarios renuncien al contrato de arrendamiento, no solo tienen que avisar con un mes de antelación y por escrito sino tienen que notificar a la agencia que llevó acabo el arriendo para que esta vaya gestionando unos futuros arrendatarios. Los arrendatarios se comprometen a facilitar el acceso a la vivienda para futuras visitas.
22ª.- Las partes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Barcelona para dirimir cualquier litigio dimanante del presente contrato.
23ª.- De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de datos de Carácter Personal, los Comparecientes quedan informados de que sus datos personales quedaran incorporados y serán tratados en los ficheros titularidad de Horta House SLU con domicilio en Plaça Eivissa, 9, con el fin de poder formalizar el presente contrato, facturar los honorarios y en su caso realizar posteriormente funciones propias de la actividad de gestión de fincas. También quedan informados de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a sus datos de carácter personal, mediante escrito dirigido a la inmobiliaria en dirección antes señalada.
24ª.- La parte arrendataria queda informada a todos los efectos de la liquidación del impuesto de Transmisiones Patrimoniales de Arrendamientos Urbanos. Modelo 600. El cual, se compromete a satisfacer él mismo.
El presente contrato de arrendamiento ha sido pactado y negociado por las partes de forma expresa, individual, y detallada en todos sus puntos y para que así conste y en prueba de conformidad de cuanto antecede, las partes lo firman por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
EL ARRENDADOR El ARRENDATARIO